Problemas de ruidos entre vecinos debido a la situación por Covid-19

De prácticamente solo dormir en casa a pasar las 24 horas del día en ella. Debido a la difícil situación que estamos pasando como consecuencia de la crisis del Covid-19, la mayoría de los españoles pasan hoy en día mucho tiempo en sus hogares, que se han convertido de manera improvisada en oficinas, gimnasios, salas de cine y música o parques infantiles, cuando antes muchas personas apenas iban a su casa a dormir. Mientras uno duerme, el otro ve la televisión, mientras uno teletrabaja, el otro monta una fiesta infantil para  entretener a los más pequeños, por lo que es inevitable que surjan nuevos conflictos en las comunidades de vecinos, pero hay que intentar, en la medida de lo posible, no molestar a las personas que conviven en las casas contiguas, ya que, en ocasiones, la falta de empatía puede ocasionar problemas entre vecinos.

Si no se respetan las normas básicas de convivencia y no se tienen en cuenta los alrededores realizando acciones que alteren seriamente el descanso o la concentración de los vecinos cercanos en horarios irregulares esto puede ocasionar conflictos, llegando a generar tensiones y molestias desagradables. 

En el caso de que exista un problema con las actividades de los vecinos, lo mejor es buscar una solución por la vía pacífica, ya sea en solitario o con la ayuda del  presidente de la comunidad.

Acerca de la legislación sobre el ruido

En cada municipio existe una Ordenanza Municipal sobre contaminación acústica, estableciendo unos límites de horario para el mismo. Aunque esa normativa cambia en cada localidad, lo habitual es que se suela establecer que desde las 00:00 hasta las 08:00 horas o desde las 23:00 horas hasta las 07:00 horas del día siguiente. Lo normal es que durante el día las actividades que se realizan en el domicilio no superen los 35 decibelios y que por la noche el nivel de ruido se mantenga entre 25 y 30 decibelios.

Así, por ejemplo, el Ayuntamiento de Madrid establece tres períodos: 

  • El diurno, constituido por 12 horas continuas de duración, comprendido entre las 7.00 y hasta las 19.00 horas
  • El periodo vespertino, o periodo tarde, comprendido entre las 19.00 y las 23.00 horas; 
  • El nocturno, entre las 23.00 y las 7.00 horas, dependiendo de la franja horaria los valores de emisión de ruidos varían.

Normalmente, las molestias que aquí estamos analizando suelen ser a nivel doméstico y no suelen sobrepasar los límites establecidos por la normativa municipal, por lo que en el caso de que exista un problema con las actividades de los vecinos y sin olvidarnos de que estamos viviendo unas circunstancias excepcionales, desde Aníbal creemos que lo mejor es buscar una solución por la vía pacífica, tratando de arreglar los conflictos de una forma civilizada, siendo lo más sencillo hablar con el vecino de manera cordial, ya sea en solitario o con la ayuda del presidente de la comunidad.

Hay que tener en cuenta que la mediación de conflictos es voluntaria y si la vía amistosa no funciona y el vecino que molesta no está dispuesto a dejar de molestar, desde Aníbal Grupo Empresarial te recomendamos dirigirte al presidente de la comunidad para que requiera, por medio de un escrito, la cesación inmediata de la actividad que produce las molestias. En el caso que continúen habrá que valorar con un abogado la opción de acudir a la vía judicial, dadas las circunstancias imposibles de convivencia.

Se puede optar por presentar una demanda ante un juzgado civil o un juzgado contencioso administrativo, cuando sea posible, a fin de exigir que el vecino cumpla la normativa y deje de molestar con sus ruidos. Para ello habrá que contar con abogado y procurador. Para que la denuncia tenga mayores posibilidades de éxito será preciso que se aporten pruebas de la actividad molesta, como testigos e incluso informes elaborados por la Policía.

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