Según la sentencia hecha pública este Jueves por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), los clientes que pagaron los gastos de constitución de sus hipotecas, tienen derecho a recuperar todo el dinero que abonaron por este concepto, si la cláusula se considera abusiva o nula. Estos gastos a los que nos referimos son los gastos de notaría, comisión de apertura, gestoría, registro y tasación, pagados en su momento.
Salvo el impuesto de Actos Jurídicos Documentados, que lo debe asumir el comprador (el cliente), el resto de las cantidades, deberán restituirse al 100% a los consumidores, ya que es un dinero que nunca debió pagarse.
¿Quien puede reclamar?
Podrán reclamar todas las que hayan firmado una hipoteca y hayan tenido que asumir gastos hipotecarios, antes del 16 de Junio de 2019, que es cuando entró en vigor la nueva ley hipotecaria que establece un nuevo reparto de los gastos hipotecarios y que abonaron la totalidad de las costas notariales, registrales o de gestoría, con un plazo de cinco años a contar desde la conclusión del contrato.

¿Que ocurre con las nuevas firmas?
En lo que respecta a las nuevas firmas, la ley hipotecaria establece que, los bancos deben abonar todos los gastos de formalización (notaría, registro y gestión), salvo la tasación del inmueble, lo que soluciona futuras controversias que puedan surgir, respecto a nuevas hipotecas.
¿Que cantidad podría llegar a recuperarse?
Según cálculos estimativos, para una hipoteca media de 150.000€, la devolución podría situarse alrededor de los 3000€, si se suman los gastos hipotecarios (1000€), y la comisión de apertura, por ejemplo del 1% (1500€ más intereses en este supuesto.
¿Como se pueden reclamar estos gastos hipotecarios?
El primer paso sería reclamar en el servicio de atención al cliente de la entidad financiera, es decir, en el banco con el que se firmó la hipoteca.
Pero si finalmente no se llega a un acuerdo, habría que recurrir a los tribunales.
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